Glosario de terminos
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La declaratoria judicial, en términos del Código Nacional de Procedimientos Penales, por la que se determina que los bienes asegurados pasarán a formar parte del patrimonio estatal, ante la falta de interés de su propietario o poseedor en deducir derechos sobre los mismos.
▲La medida cautelar de carácter real ordenada por el Ministerio Público o, en su caso, por la autoridad judicial, cuyo objeto es la conservación de los bienes relacionados con posibles hechos delictivos.
▲Los muebles e inmuebles sujetos a aseguramiento, embargo, abandono, decomiso o extinción de dominio, con exclusión de las armas de fuego, municiones y explosivos cuyo resguardo corresponde exclusivamente a la Secretaría de la Defensa Nacional.
▲La pena consistente en la pérdida de la propiedad o posesión de los instrumentos, objetos o productos del delito, a favor de la procuración y administración de justicia en forma equitativa, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal del Estado de México.
▲La declaración judicial en un procedimiento penal por la que determinados bienes o derechos de contenido o valor económico quedan afectados o reservados para extinguir con ellos una obligación pecuniaria ya declarada o que, previsiblemente, se va a declarar en una sentencia futura.
▲Al acto por medio del cual se transmite la propiedad, a título oneroso o gratuito de uno o más bienes, a través del Instituto de Administración de Bienes Vinculados al Procedimiento Penal y a la Extinción de Dominio del Estado de México, mediante el procedimiento que establece esta Ley.
▲La pérdida de los derechos a que se refiere el artículo 3 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
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